Obligatorio
Angola
En Angola, el Estudio de Impacto Ambiental se ha convertido en obligatoria con la publicación de la Ley nº 5/98 (Ley Marco Ambiental), y los criterios específicos de la evaluación de impacto ambiental incorporados por el Decreto 51/04 y los respectivos Términos de Referencia por el Decreto Ejecutivo,º 92/12. Este último explicita, en el anexo III, los descriptores de Ruido y Vibraciones en el marco de los procedimientos de EIA.
El control de la contaminación acústica también está regulada por la Ley N ° 12/11 (D.R. n ° 31, de 16 Febrero 2011) - Ley de violaciónes administrativos. La ley no define objetivamente los criterios relacionados con el ruido. Trae sólo consideraciones sobre la prevención contra los comportamientos humanos que alteren su específica actividad de organización, gestión y ordenación de la sociedad o que pongan en riesgo la seguridad de personas y bienes.
La Constitución prohíbe en su artículo 2,:
- c) Perturbar con la familia o social diferente, o ruidos evitables descansan, la paz y la tranquilidad de las personas en general y especialmente en el barrio;
- re) Realizar o asistir a fiestas, más allá de las horas y regulaciones permitidas o expresamente autorizadas por las autoridades competentes, o, cualquier forma, hacer que los niveles de ruido que afectan al resto de los vecinos;
Cabo Verde
La Ley nº34 / VIII / 2013 establece numerosas disposiciones de aplicación obligatoria para el ruido.
Portugal
El Decreto-Ley No. 146/2006 de 31 Julio, modificada por la Declaración de Rectificación No 57/2006 de 1 de Agosto, que transpuso al régimen jurídico nacional la Directiva Europea 2002/49 / CE sobre evaluación y gestión del ruido ambiental, establece numerosas disposiciones de aplicación obligatoria en relación con el ruido.